Modifícase el artículo 1° de la Ordenanza N° 7016/90, en lo concerniente a las calles José Ingenieros entre Cordero y Uriarte: y Flores de Estrada entre Uriarte y José Ingenieros, quedando redactado en su parte pertinente de la siguiente manera: Artículo 1°: calle José Ingenieros entre Cordero y Uriarte, de norte a sur; calle Flores de Estrada entre Uriarte y José Ingenieros de sur a norte".